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Política de Inversiones

En general, la Política de Inversiones de CESAL tendrá en cuenta las indicaciones del Código de Conducta de las Entidades Sin Ánimo de Lucro para la realización de inversiones temporales aprobado por acuerdo del Consejo de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) el 20 de noviembre de 2003.

En concreto, CESAL seguirá las siguientes pautas y criterios en sus inversiones:

  1. La selección de las inversiones financieras temporales tendrá en cuenta criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad, vigilando siempre que se produzca el necesario equilibrio entre estos tres principios, atendiendo al mercado en el momento de la contratación.
  2. La entidad diversificará los riesgos de sus inversiones.
  3. Se evitará la realización de operaciones que respondan a un uso meramente especulativo de los recursos financieros.
  4. La Junta Directiva presentará un informe anual en el que conste el grado de cumplimiento del Código de Conducta.
  5. Si los fondos invertidos proceden de subvenciones o donaciones recibidas destinadas a la ejecución de un proyecto el beneficio obtenido se destinará a incrementar dichos fondos, y será reinvertido.